CÓDIGO DE ÉTICA DE LINARES & ASOCIADOS

I. FINALIDAD Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

  1. Finalidad. El propósito de este código es promover una cultura ética que
    exprese los valores característicos de “Linares & Asociados”.
  2. Ámbito de aplicación. El presente Código se aplica a todo el personal
    profesional y administrativo de Linares & Asociados, independientemente del
    régimen laboral y del cargo que ocupen. De igual forma, el presente Código se
    aplicará a todo personal externo que actúe en nombre y representación de Linares
    & Asociados. En adelante, y a los únicos efectos de este Código, todas las
    personas indicadas en el párrafo anterior se denominarán como “las personas
    sujetas al Código”. El presente Código es asumido expresamente por todos los
    miembros de Linares & Asociados, quienes aceptarán conocer y aceptar los
    alcances del mismo desde la fecha de inicio de su relación laboral, profesional o
    de servicio con Linares & Asociados, y será anexado al contrato de quienes se
    incorporen a la firma. Su reconocimiento será una condición necesaria e
    imprescindible para iniciar y mantener la relación laboral, profesional o de servicio
    con “Linares & Asociados”.

II. VALORES Y PRINCIPIOS ÉTICOS

  1. Profesionalidad. Linares & Asociados orienta su actividad en los principios de
    respeto, eficiencia, igualdad, marcando una línea objetiva en sus actuaciones y
    decisiones. A fin de resguardar los principios de integridad y objetividad, “Linares
    & Asociados” valora en su más alto nivel la independencia de actuación, siempre
    excluyendo su ejercicio arbitrario. Del mismo modo, la profesionalidad
    comprenderá el secreto profesional y la reserva en general, condición ineludible
    para iniciar y mantener cualquier relación laboral, profesional o de servicio con
    “Caro &Asociados”.
  2. Igualdad de oportunidades y no discriminación. Linares & Asociados
    proporciona las mismas oportunidades en el acceso al trabajo y en la promoción
    profesional, ante todo con actitud abierta a la diversidad, asegurando, en todo

momento, la ausencia de situaciones de discriminación por razón de sexo,
orientación sexual, raza, origen, ideología, religión, diversidad funcional, estado
civil o condición social. Dentro de nuestra política de respeto, “Linares &
Asociados” promueve la igualdad, no tolerando conductas que transgredan dicho
principio, como el acoso, trato abusivo, entre otros.

  1. Transparencia. La pertenencia a Linares & Asociados implica un compromiso
    con la transparencia de sus actividades profesionales.
  2. Respeto. Desde la dirección general como los demás miembros en general de
    “Linares & Asociados” se promoverá en todo momento el respeto por la dignidad
    de los demás, evitando conductas que dañen o pongan en riesgo las relaciones
    interpersonales, circunstancia ineludible para la participación activa en los demás
    objetivos y principios que orientan la actuación ética y profesional de “Caro &
    Asociado”.
  3. Formación continua. Linares & Asociados se caracteriza por valorar el
    desarrollo profesional de sus miembros, promoviendo la actualización de
    conocimientos y habilidades profesionales y digitales, además de brindar las
    herramientas necesarias para la formación y consolidación profesional.
  4. Prevención de riesgos laborales. Linares & Asociados considera la seguridad
    y salud laboral fundamental para lograr un entorno de trabajo confortable y seguro,
    siendo un objetivo prioritario la mejora permanente de las condiciones de trabajo.
  5. Protección del medio ambiente. Linares & Asociados participa activa y
    responsablemente en la conservación del medio ambiente, por lo que sus
    miembros deberán seguir las recomendaciones y procedimientos establecidos
    para reducir el impacto medio ambiental en el ejercicio de sus actividades y
    contribuir a mejorar los objetivos de sostenibilidad contemplados en sus políticas
    relativas a esta materia.
  6. Integridad, Política Anticorrupción. Linares & Asociados rechaza
    absolutamente cualquier forma de corrupción o soborno, ya sea en el sector
    público o en el privado. En este sentido, las personas sujetas al Código tienen la
    responsabilidad de que la entidad no se involucre en ningún tipo de corrupción,
    debiendo poner todos los medios para identificar cualquier indicio de soborno por

parte de un tercero. En el ámbito de sus competencias, las personas sujetas al
Código deberán velar porque se cumpla con la legalidad vigente, con las políticas
internas y, en especial, con los principios que rigen la contratación pública.

  1. Honestidad. Las personas sujetas al Código desarrollarán una conducta
    profesional honesta y responsable. Para Linares & Asociados la integridad de su
    personal es un elemento fundamental de la credibilidad frente al resto de
    empleados y frente a terceros.
  2. Protección de la privacidad y protección de datos personales. Linares &
    Asociados se encuentra comprometido con la protección de la privacidad y los
    datos personales de sus colaboradores, proveedores y clientes. En tal sentido, las
    personas sujetas al Código dispondrán de todos los medios disponibles para el
    resguardo y adecuado tratamiento de los datos personales a los que accedan en
    ocasión de sus funciones.
  3. Confidencialidad. Los destinatarios del presente código se comprometen a
    guardar la confidencialidad de la información adquirida en el marco de las
    actividades profesionales y administrativas de Linares & Asociados
  4. Seguridad. Las personas sujetas al Código se comprometen a utilizar todas
    las medidas de seguridad disponibles para resguardar la información a la que
    accedan en ocasión de sus funciones. Asimismo, se comprometen a seguir los
    protocolos de seguridad física y digital que establezca Linares & Asociados.

III. EFICACIA Y CUMPLIMIENTO

Las personas sujetas a este Código, además de cumplir las normas legales
vigentes en cada momento, tienen la obligación de conocer y cumplir el Código
Ético, y deberán ajustar su actividad profesional a los principios y criterios
establecidos en él. El incumplimiento de las instrucciones recogidas en el presente
Código, sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad administrativa, civil o penal
que de su incumplimiento pudiera derivarse, puede motivar la adopción de las
sanciones disciplinarias que resulten de aplicación conforme a la legislación
laboral aplicable.